DAOT

2009 Enero 21
by Jorge Aguirre Montenegro


MODIFICAN EL REGLAMENTO DEL DAOT Y ESTABLECEN CRONOGRAMAS
DE VENCIMIENTO PARA SU PRESENTACIÓN, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2008
Resolución de Superintendencia Nº 007-2009/SUNAT
(21/01/2009)

A través de la presente norma se realiza la modificación del reglamento del DAOT, respecto de las asociaciones sin fines de lucro obligadas a presentarla.  Se establecen los cronogramas de vencimiento de la declaración y los sujetos obligados, en los siguientes términos:

Modificación del reglamento del DAOT

Cabe señalar que el artículo 3 del reglamento del DAOT aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 024-2002/SUNAT hacía referencia a que estaban obligadas a presentar el DAOT las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que realicen solo operaciones inafectas al IGV que se encuentren obligadas a presentar el PDT 600 Remuneraciones y cuyo número de trabajadores declarados del periodo de noviembre de cada ejercicio sea mayor a 10.

Al respecto, mediante la presente norma se indica que las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que realicen solo operaciones inafectas al IGV, cuyo número de trabajadores que deben ser declarados en el PDT Planilla Electrónica Formulario Virtual Nº 0601,correspondiente al periodo tributario de noviembre de cada ejercicio, sea mayor a 10.

Cronograma de vencimiento

El cronograma de vencimiento para la presentación de la Declaración del DAOT correspondiente al año 2008 o la constancia de no tener información a declarar se presentarán en las fechas que se señalan a continuación:

tabla

Sujetos Obligados

Para el año 2008, se encuentran obligados a presentar el DAOT:

1.Los sujetos que en el año 2008 hayan tenido ventas internas superiores a S/. 240,000 o adquisiciones de bienes o servicios superiores a S/. 240,000 nuevos soles.
2. Los sujetos que sean principales contribuyentes al 31/12/2008.
3. Las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que realicen solo operaciones inafectas al IGV, cuyo número de trabajadores que deban ser declarados en el PDT 0601 Planilla Electrónica – correspondiente al periodo de noviembre del 2008 sea superior a diez (10).

9 comentarios dejar un →
  1. 2009 Enero 27

    si mis compras y vantas internas superan los 240,000. seran 2 UIT,como en el 2007.

  2. 2009 Enero 31

    el monto a declara ya sea en clientes y proveedores es calculado con 2 UIT

  3. 2009 Febrero 2

    mis ventas superan los 240000 pero mis compras solo es de 104250 estoy obligado a declara daot por mis compras

  4. 2009 Febrero 4

    SI MI EMPRESA NO SUPERO LOS 240,000. PERO TENGO EN MIS VENTAS UNA EMPRESA Q SUPERA LOS 2 UIT, DE IGUAL MANERA NO SE DECLARA

  5. 2009 Febrero 19

    BUENAS MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE
    TENGO UN CLIENTE QUE ES BUEN CONTRIBUYENTE PERO NO SUPERA LOS 240,000 SE TIENE QUE PRESENTAR EL DAOT GRACIAS

  6. 2009 Febrero 19

    informe total del daot

  7. 2009 Febrero 19

    informe sobre ley daot

  8. 2009 Febrero 26

    En compras, tengo Recibos por Arrendamientos que superan los 7000, tambien debo declarar esto ??
    Gracias por la respuesta

  9. 2009 Noviembre 2

    yo quisiera saber el monto que supere en ventas y compras para estar obligados a presentar el daot

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