Ocultamiento de Información

MODIFICAN E INCORPORAN ARTÍCULOS AL CÓDIGO PENAL
LEY Nº 29307
(31/12/2008)

Mediante la Ley Nº 29307, publicada hoy en el diario oficial El Peruano se ha modificado los artículos 198 y 245 del Código Penal (CP) y se ha incorporado a su texto el artículo 198-A.

En relación con el artículo 198 del CP (Administración fraudulenta de persona jurídica), se deja de lado la mención explícita que hacía el precepto de aquellos sujetos a quienes podía atribuirse el delito en calidad de autor. La nueva redacción señala (con la intención de abarcar aquellos supuestos en los que el agente ejerce la representación de facto) que será reprimido (como autor) “el que ejerciendo funciones de administración o representación de una persona jurídica, realiza en perjuicio de ésta o de terceros” alguno de los supuestos establecidos por los ocho incisos del artículo.
Cabe resaltar que la modificatoria, deja sin vigencia al inciso 9 del artículo 198 del CP, que criminalizaba la emisión de informes que revelan defectuosamente (u omiten hacerlo) tanto situaciones de insolvencia de una persona jurídica como los actos u omisiones que infringen disposiciones que una persona jurídica estaba autorizada a cumplir.

En relación con el artículo 198-A incorporado al CP, se sanciona aquí con la misma pena prevista en el artículo 198 (pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años) al auditor externo o interno que, pese a conocer las distorsiones o tergiversaciones significativas en la información contable-financiera de la persona jurídica no las revela en su informe o dictamen.

Finalmente, la Ley bajo comentario modifica el artículo 245 del CP. Aquí, al igual que en el artículo 198 del CP, se suprime la enumeración de los sujetos a quienes es posible atribuir el delito en calidad de autor para señalar que incurre (como autor) en este delito (Ocultamiento, omisión o falsedad de información)  todo aquel que “ejerce funciones de administración o representación” de una institución bancaria, financiera u otra que opere con fondos del público y que con el propósito de ocultar situaciones de liquidez o insolvencia de la institución omite o niega proporcionar información o proporciona datos falsos a las autoridades de control y regulación.